Ley de Acción Voluntaria de Aragón, un compromiso en marcha

La Comunidad Autónoma Aragonesa está inmersa en un proceso de participación ciudadana para la elaboración de la Ley de Acción Voluntaria de Aragón. De esta forma se quiere adaptar el voluntariado a la nueva realidad, a la Ley estatal, como ya han hecho Madrid y Cataluña, y sobre todo, cumplir el compromiso del Gobierno de Aragón de crear una política pública que permita a los ciudadanos participar en los ámbitos social o cultural.

Con este propósito, se presentó el anteproyecto de Ley ante el Consejo de Gobierno el pasado mes de julio y se abrió un proceso de participación con el que se pretenden recoger todas las aportaciones de las entidades de voluntariado aragonesas.

¿Qué objetivos tiene el anteproyecto de Ley de Acción Voluntaria de Aragón?

  •  Regular, promover y fomentar la acción voluntaria.
  •  Ordenar las relaciones que puedan establecerse entre las personas voluntarias, las entidades de acción voluntaria, sus destinatarios y las Administraciones Públicas de Aragón.
  •  Impulsar un modelo solidario, abierto, participativo, transparente, inclusivo, intergeneracional, transformador y de calidad, que fomente la acción voluntaria en igualdad de oportunidades en todo el territorio, modernice y actualice el papel de los sujetos implicados y promueva medidas de apoyo y de reconocimiento social.
  •  Garantizar los principios de responsabilidad, calidad y flexibilidad, estableciendo unas reglas generales y básicas para su desarrollo.

¿Qué puede traer de nuevo la Ley de Acción Voluntaria de Aragón?

  • La creación de un marco en el que se sientan acogidas todo tipo de entidades, cualquiera que sea su origen, tamaño y ámbito de actuación, y todas las personas voluntarias, con independencia de cuál sea su motivación y el alcance de su compromiso.
  • Establecer unas reglas básicas que garanticen el cumplimiento de los los principios de responsabilidad, calidad y flexibilidad para su desarrollo
  • Un concepto amplio de la acción voluntaria, más allá del puramente asistencial, reconociendo ámbitos como el voluntariado ambiental, cultural, deportivo, comunitario, etc. y favoreciendo su promoción desde nuevos ámbitos de sujetos, como las empresas, las universidades o las Administraciones Públicas.
  •  La regulación del estatuto jurídico de los sujetos de la acción voluntaria, como son las personas destinatarias de la acción voluntaria, las personas voluntarias y las entidades de acción voluntaria, y que incluya, además, un régimen de incompatibilidades de las personas voluntarias o los planes de voluntariado de las entidades.
  •  Un Sistema Aragonés de Acción Voluntaria que se define como un modelo colaborativo, conjunto y global constituido por el conjunto de medidas, recursos y actuaciones puestas a disposición de la sociedad aragonesa para promover su participación en la acción voluntaria. Se pretende que este Sistema Aragonés de Acción Voluntaria desarrolle actuaciones de planificación, participación en las políticas de acción voluntaria y apoyo a esta acción.

Fuente: http://voluntariadoaragon2016.es

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